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Argentina es el primer país de América del Sur que firma un acuerdo de comercio e inversiones con EEUU dentro de su política de “comercio justo y recíproco” lanzada en abril de 2025.

Este primer acuerdo fue objeto de un análisis conjunto entre la Bolsa de Cereales de Buenos Aires y el Instituto para las Negociaciones Internacionales (INAI).

Argentina es el primer país de América del Sur que firma un acuerdo de comercio e inversiones con EEUU dentro de su política de “comercio justo y recíproco”
Argentina es el primer país de América del Sur que firma un acuerdo de comercio e inversiones con EEUU dentro de su política de “comercio justo y recíproco”

ARGENTINA Y EEUU ANUNCIAN SU ACUERDO SOBRE COMERCIO E INVERSIONES

RESUMEN EJECUTIVO
Argentina es el primer país de América del Sur que firma un acuerdo de comercio e inversiones con los EEUU en el marco de su política de “comercio justo y recíproco” lanzada en abril de 2025.

  • Qué es el Acuerdo

Es un instrumento bilateral firmado con el objetivo de promover el comercio y las inversiones entre ambos países, siempre bajo la lógica de “rebalanceo” que viene implementando EE.UU. en estas negociaciones.

A tales efectos el Acuerdo prevé:

(i) la eliminación o reducción de
aranceles y el establecimiento de cuotas arancelarias para un listado de productos expresamente identificados y (ii) una serie de compromisos regulatorios o disciplinas, básicamente para la Argentina, en diferentes temas relacionados con el comercio internacional.

  • Qué gana Argentina

Actualmente abastecemos menos del 1% de las importaciones agroindustriales de EE.UU., entre otras cosas, por la falta de un acuerdo comercial que nos permita ingresar en las mismas condiciones que otros competidores.

A partir de ahora se abren nuevas oportunidades comerciales, especialmente para nuestra carne bovina (se suman 80.000 toneladas a la cuota).

Además, 1.600 posiciones arancelarias estarán exentas de aranceles recíprocos, aunque sólo una pequeña parte de ellas corresponden al universo agroindustrial.

Por otra parte, EE.UU. se compromete a apoyar el financiamiento de inversiones en sectores estratégicos en Argentina.

  • Qué compromisos asumimos

Argentina eliminará aranceles sobre 221 productos, algunos de los cuales son agroindustriales.

Asimismo, se abrirán varios contingentes arancelarios sobre productos como carne bovina, quesos, vinos, golosinas, entre otros.

Sin embargo, el principal rubro donde
Argentina asume compromisos es en materia no arancelaria, principalmente en las disciplinas sobre reglamentaciones técnicas y evaluación de la conformidad, propiedad intelectual y medidas sanitarias (apertura de mercados).

  • Próximos pasos

El Acuerdo entrará en vigor 60 días después de que las Partes intercambien sus instrumentos de ratificación conforme a sus marcos regulatorios nacionales.

Probablemente en Argentina se requiera la intervención del Poder Legislativo.

A partir de ello, Argentina seguramente deberá transitar cambios normativos sustanciales para dar cumplimiento a los compromisos asumidos, cuya complejidad e implicancias requerirán un análisis más pormenorizado y profundo.

I.- EL ANUNCIO. ANÁLISIS DEL CONTEXTO INTERNACIONAL

El 5 de febrero el canciller Pablo Quirno anunció la firma del Acuerdo sobre Comercio e Inversión Recíproca entre Argentina y EE.UU., celebrado con el objetivo de impulsar el crecimiento del comercio, ampliar las oportunidades y crear un entorno transparente y basado en normas para el comercio y la innovación.

Este Acuerdo se inscribe en la política comercial “Primero América” y particularmente, en anuncios realizados el 2 de Abril de 2025¹, presentado como “El Día de la Liberación”.

Recordamos que ese día, el Presidente Trump anunció que EE.UU. comenzaría a aplicar sobretasas arancelarias (llamadas “aranceles recíprocos”) a todas sus importaciones, cuyos montos dependerían del país exportador y producto en cuestión².

El argumento en que sustentó esta medida es que durante décadas EE.UU. había sido víctima de un trato comercial no recíproco por parte del resto de los países, quienes le aplicaron aranceles más elevados y todo tipo de barreras no arancelarias.

Esta falta de reciprocidad le generó a EE.UU. un persistente déficit comercial “configurando una amenaza inusual y
extraordinaria a la seguridad nacional y economía del país”³.

Es innegable que EE.UU. ha venido aplicando aranceles de importación comparativamente bajos (3,4% promedio simple, el 4° más reducido del mundo), que es el principal importador mundial de bienes (USD 3,3 billones en 2024) y que es el país con mayor déficit comercial (USD 1,3 billones en 2024).

Como para EE.UU. no hay seguridad nacional sin seguridad económica y, para ello, es imperioso cambiar las condiciones actuales de comercio, EE.UU. tomó la decisión de subir los aranceles a todos los países y negociar bilateralmente nuevos acuerdos para rebalancear los intercambios⁴.

Antes de analizar el Acuerdo con Argentina, entendemos importante realizar algunas precisiones de contexto general.

  • En primer lugar, resulta imposible omitir que detrás de esta política comercial emerge la tensión competitiva entre EE.UU. y China que está llamada a dominar la
    escena internacional por los próximos años mientras se vaya gestando un nuevo orden internacional. De hecho, China fue el único país que tomó la decisión de aplicar efectivamente sobretasas arancelarias y otras sanciones de efecto equivalente contra EE.UU. (generando una escalada marcada por tensiones y distensiones temporarias)⁵ y que planteó su negativa a negociar un acuerdo
    bilateral bajo lo que define como una “práctica de intimidación unilateral”.
  • En segundo lugar, hay que tener presente que la nueva política de EE.UU. se enmarca en un contexto de profundo debilitamiento del multilateralismo y particularmente de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Desde hace años
    este organismo ha dejado de ser un foro de negociación y observancia de reglas comerciales globales, dando lugar a que muchos países adopten iniciativas unilaterales de dudosa consistencia legal con las reglas OMC.
  • En tercer lugar, los acuerdos de “rebalanceo” planteados por EEUU configuran una innovación regulatoria en el plano internacional, no prevista actualmente por las normas multilaterales⁶.

Estos acuerdos son mucho más limitados que los conocidos Acuerdos de Libre Comercio (ALCs) -como puede ser Mercosur-Unión Europea- en los que ambas partes eliminan sus aranceles y otras barreras sobre al menos el 90% de sus intercambios.

A través de los acuerdos de rebalanceo, en general EE.UU. se compromete a un
determinado nivel de sobretasa arancelaria (normalmente entre 10% y 20%) y, en el mejor de los casos, otorga alguna concesión muy puntual bajo la forma de cuotas o alguna rebaja parcial en la sobretasa arancelaria⁷.

En contrapartida, los otros países asumen compromisos mucho más amplios y ambiciosos, generalmente
eliminando aranceles sobre la mayor parte de sus importaciones desde EEUU.

Algo similar ocurre con las disciplinas y otros compromisos sobre compras e
inversiones, donde normalmente quienes asumen obligaciones son las
contrapartes, no así EEUU.

II.- PRINCIPALES DISPOSICIONES DEL ACUERDO

II.A.– Acceso a mercados – Aranceles
Argentina se compromete a mejorar el acceso arancelario a productos de EEUU de la siguiente manera:

  • En 221 posiciones arancelarias⁸
    se eliminará el arancel de importación inmediatamente con la entrada en vigor del Acuerdo.
  • En 20 posiciones arancelarias (casi todas autopartes) se reducirá el arancel de importación al 2% con la entrada en vigor del Acuerdo.
  • Para un amplio listado de productos Argentina se compromete a no elevar los aranceles de importación respecto de los vigentes al 30 de octubre de 2025.
  • Se abrirán contingentes libres de aranceles para ciertos productos agroindustriales y automóviles⁹

Por su parte, EEUU se compromete a:

  • Ampliar el actual contingente arancelario para la carne bovina argentina a 100.000 toneladas (es decir, 80.000 toneladas adicionales a las actuales)¹⁰
  • No aplicar la sobretasa arancelaria del 10% a un amplio listado de productos de más de 1.600 posiciones arancelarias, negociado bilateralmente en base a la
    normativa de los EE.UU.¹¹. Este listado incluye principalmente productos del universo farmacéutico, pero también algunas posiciones agroindustriales como te
    verde y negro, mate, algunas especias, algunos productos de pastelería y algunos jugos.
  • Para el resto de los productos no listados, se aplicará una sobretasa arancelaria no superior al 10%.

II.B.- Acceso a mercados – Medidas no arancelarias

Argentina se compromete a:

  • Eliminar el régimen de licencias previas de importación o que el mismo sea automático para los productos de EE.UU.
  • Permitir el ingreso de bienes de los EE.UU. que cumplan con los estándares o reglamentos norteamericanos o internacionales, sin exigencias adicionales en materia de evaluación de la conformidad.
  • Asegurar que sus medidas sanitarias se basen en evidencia científica.
  • Concluir el proceso de apertura de carne aviar y productos aviares de los EE.UU. en el plazo de 1 año; modificar las condiciones de regionalización para aves vivas,
    genética aviar, productos aviares y huevos y asegurar que las normas de importación se ajusten a los estándares de la OMSA; establecer un sistema transparente y ágil para el registro de productos cárnicos de los EE.UU.; y no exigir el registro de establecimientos lácteos de EE.UU.
  • No exigir formalidades consulares para bienes de EE.UU. y a no aplicar la tasa estadística a productos de EE.UU. en un período de 3 años.

Ambas partes se comprometen a trabajar en conjunto para resolver los temas de agenda sanitaria pendiente.

II.C.- Propiedad intelectual

Argentina se compromete a:

  • Garantizar la transparencia y equidad en su sistema de protección y reconocimiento de Indicaciones Geográficas.
  • No limitar el ingreso de productos cárnicos y quesos de los EE.UU. al mercado argentino por el mero uso de ciertos términos listados en el Anexo II del Acuerdo.
  • Establecer un estándar de protección en materia de propiedad intelectual robusto.
  • Remitir al Congreso un amplio listado de instrumentos internacionales en materia de propiedad intelectual, incluyendo el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) para consideración y votación al 30 de abril de 2026.
  • Adoptar acciones concretas para resolver una serie de temas identificados en el Informe Especial 301 del USTR, incluyendo entre otros, la derogación de varias de
    Resoluciones sobre criterios de patentabilidad, la posible modificación al régimen de protección de datos, la resolución de las demoras en el otorgamiento de patentes y el fortalecimiento de la observancia de los derechos de propiedad intelectual.

II.D.- Otros temas

Argentina se compromete a proteger los derechos laborales conforme a las normas de la OIT así como a proteger el ambiente (especialmente combatiendo el comercio de productos obtenidos a través de la desforestación ilegal).

Por otra parte, Argentina se compromete a adoptar buenas prácticas regulatorias que fortalezcan la transparencia y
previsibilidad, a abordar las barreras existentes en materia de comercio de servicios que menoscaban la reciprocidad y a facilitar la inversión de EE.UU. en el sector minerales y recursos energéticos críticos.

Finalmente, Argentina se compromete a adoptar medidas para enfrentar las prácticas comerciales desleales de compañías de propiedad o controladas por terceros países operando en Argentina.

EE.UU. trabajará a través de sus instituciones -EXIM Bank y la Corporación Financiera de Desarrollo Internacional- para apoyar el financiamiento de inversiones en sectores críticos en Argentina en colaboración con socios del sector privado estadounidense.

III.- COMENTARIOS FINALES

Si bien es prematuro como para analizar las implicancias concretas del Acuerdo (tanto en términos de la reducción de aranceles obtenidas / otorgadas así como con relación a los compromisos asumidos por Argentina en disciplinas no arancelarias) podemos anticipar
que su implementación requerirá grandes cambios normativos en el país, sobre todo en materia de reglamentaciones técnicas, medidas sanitarias y propiedad intelectual.

Sin perjuicio que este análisis será realizado en los próximos días, acompañamos algunas reflexiones generales preliminares.

Cuestiones sistémicas

  • La nueva política arancelaria de EEUU y las negociaciones bilaterales abiertas con todos los países seguramente implicarán una profundización de los replanteos
    sobre el rol de la OMC y la validez de sus reglas, temas que ya venían siendo analizados desde hace algunos años. Si estas discusiones derivan en un mayor debilitamiento del multilateralismo comercial (con una OMC en “estado de hibernación”), en una reforma de su funcionamiento para adaptarla a un nuevo escenario o, por el contrario, estamos frente a la “wake up call” que algunos países
    necesitaban para revalorizar y fortalecer esta organización, es algo que se iniciará a perfilar en los próximos meses.
  • El contexto actual podría ser el disparador para reimpulsar la firma de acuerdos bilaterales de comercio entre otros países (no solo con EEUU en el centro), eventualmente a través de formatos más sencillos, menos ambiciosos y por ende, de más rápida negociación. Recordamos que el sistema que dió origen al GATT de
    1947 tuvo una génesis similar a lo que estamos observando a nivel internacional en estos meses.

Relaciones con EE.UU.

  • No estamos frente a un acuerdo comercial más. EE.UU. es la principal economía del mundo (25% del producto global), con 350 millones de habitantes que tienen
    un ingreso per cápita de USD 82.000 anuales. Además EEUU es uno los tres principales importadores de productos agroindustriales (junto a China y la UE), importaciones que llegaron a los USD 220.000 millones en 2024. La tendencia de estas importaciones es creciente, gracias al mayor ingreso de productos de alto valor como frutas, productos de panadería, cervezas, vinos, quesos y carnes.
  • A pesar de ello Argentina sólo da cuenta de menos del 1% de estas
    importaciones, en gran parte por tener que competir con otros países que tienen menores aranceles que los que enfrentamos nosotros (como es el caso de México, Canadá, Australia, Chile, Perú, Colombia y otros países). Esto deja en evidencia que hay mucho espacio para crecer en ese mercado si mejoramos las condiciones arancelarias bajo las cuales ingresamos.
  • Si bien una sobretasa arancelaria nunca es una buena noticia, que la misma sea de sólo un 10% para la Argentina nos coloca en mejores condiciones relativas de acceso que otros competidores en el mercado de EE.UU. como Brasil, China,
    Indonesia, Tailandia, India o Vietnam. A eso hay que sumarle un listado de productos libre de sobretasas y la ampliación sustancial de la cuota arancelaria de carne bovina, lo cual podría generar ingresos adicionales por USD 800 millones.
  • Por supuesto que, como mencionamos anteriormente, resta analizar con mayor detenimiento las implicancias comerciales de las concesiones arancelarias y no arancelarias otorgadas por Argentina.

Relaciones con China

  • Ya hemos señalado que la nueva política comercial de EE.UU. está fuertemente relacionada con la competencia global que mantiene con China y sobre todo, con la construcción de alianzas estratégicas y áreas de influencia. En este contexto el alineamiento geopolítico de Argentina con EE.UU. ha sido un pilar clave de la política
    exterior del Presidente Milei desde el inicio de su gestión. Esta definición no ha tenido un impacto negativo en el comercio bilateral Argentina-China, muy por el
    contrario el mismo ha crecido exponencialmente en 2025: nuestras exportaciones se incrementaron un 61,4% ia. (llegando a USD 9.799 millones) y
    nuestras importaciones aumentaron un 53,9% ia. (llegando a USD 17.954 millones). Por detrás de este crecimiento no podemos desconocer la complementariedad de las estructuras exportadoras y el beneficio mutuo resultante de este incremento del comercio. China es el principal importador mundial neto de productos agroindustriales (con USD 140.000 millones anuales) mientras que Argentina es el tercer exportador neto (con USD 30.000 millones).

Implicancias a nivel regional

  • Aún resta evaluar las implicancias políticas y legales del Acuerdo a nivel del Mercosur. Este bloque es una Unión Aduanera y, como tal, negocia en conjunto los acuerdos comerciales con terceros países. Este ha sido un tema central de debate en la agenda regional estos últimos años ya que algunos países (Uruguay y Argentina) han reclamado mayor flexibilidad para poder negociar acuerdos de forma bilateral. Cómo impactará este Acuerdo (y los eventuales futuros acuerdos de rebalanceo que seguramente firmarán los otros socios del Mercosur con EEUU) en la dinámica de nuestro bloque regional es algo que aún está por clarificarse.
  • Un párrafo especial corresponde a la relación con el Acuerdo Mercosur-UE. El tema Indicaciones Geográficas tiene un alto valor simbólico para la UE sobre todo,
    para apaciguar parcialmente las críticas internas de su sector agrícola. Esta situación adquiere especial relevancia en momentos donde la Comisión y el Consejo de la UE tienen que tomar la importante decisión de avanzar en la aplicación provisional, aun sin contar con el aval del Parlamento Europeo y a la espera del dictamen del Tribunal de Justicia de la UE.

La profundización de la asociación entre el presidente Trump y el presidente Milei

¹Ver “Trump y el inicio de una nueva era”. Fundación INAI. 3 de abril de 2025.
²Ver Orden Ejecutiva 14257. Según dicha norma, Argentina recibió un arancel recíproco del 10%, el nivel más bajo de todos los aranceles anunciados el 2 de abril. https://public-inspection.federalregister.gov/2025-06063.pdf
³Ver “National Security Strategy” (Noviembre de 2025).
⁴Hasta el momento, EE.UU. ha anunciado acuerdos con 8 países (UE, Reino Unido, Japón, Corea, Malasia, Camboya, El Salvador y Guatemala) y marcos para acuerdos con otros 4 (Vietnam, Tailandia, Indonesia y Ecuador).
⁵Ver “Estados Unidos y China extienden su tregua arancelaria”. Fundación INAI. 2025.
⁶Ver art. XXIV del GATT/94.
⁷A modo de ejemplo, citamos la cuota de carne bovina a favor del Reino Unido, las rebajas a las sobretasas arancelarias en acero (para Japón y Reino Unido) o las rebajas a las sobretasas de autos (para UE, Japón y Corea). Como se ve, son todas situaciones muy puntuales en donde EEUU realiza alguna concesión.
⁸Incluyen algunas posiciones de leche en polvo, suero lácteo, café, harina de maíz, jugos y extractos vegetales, aceites vegetales e hidrogenados, lactosa, galletitas dulces, otros productos de panadería, condimentos, proteínas texturadas, complementos alimentarios, bebidas sin alcohol, harina y pellets de soja.
⁹Incluyendo carne bovina 80.000 ton, quesos 1.000 ton, almendras 870 ton, pistachos 80 ton, fructosa 285 ton, chicles 370 ton, caramelos 1.370 ton, preparaciones alimenticias en bloque con cacao 500 ton, otras preparaciones alimenticias con cacao 1.370 ton, papas congeladas 690 ton, papas no congeladas 1.100 ton, vinos 80.000 litros y vehículos automotores 10.000 unidades. Este compromiso no figura en el texto del acuerdo sino en un documento separado.
¹¹El Anexo III de la Orden Ejecutiva del 5 de septiembre lista taxativamente los productos que EEUU puede exceptuar de aranceles recíprocos en sus acuerdos bilaterales. Dicho listado no incluye muchos productos de la oferta agroexportadora argentina

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