Habilitación excepcional para puertos de Nación y provincias

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La Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, aprobó una habilitación excepcional para puertos de Nación y provincias, informó el Ministerio de Transporte.

“Quedaron aprobados los nuevos requisitos que deberán presentar los responsables de los puertos en los que el Estado nacional o las provincias sean titulares de dominio y/o se encuentren administrándolos o explotándolos por sí o por terceros con anterioridad la Ley 24.093, para avanzar en su habilitación excepcional, brindando mayor trazabilidad y transparencia” expresa la Resolución 32/2022 de este organismo.

La Dirección Nacional de Control de Puertos y Vías Navegables será la encargada de analizar la acreditación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos necesarios, y posteriormente la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante emitirá un acto administrativo de habilitación excepcional del puerto y/o terminal correspondiente.

El objetivo es agilizar los procedimientos, regularizar los puertos públicos, optimizar los mecanismos de declaración de los permisos y documentos, actualizar los requisitos necesarios, y así avanzar en la habilitación de los puertos y terminales en todo el país.

Si el caso lo amerita, la autoridad portuaria nacional podrá revocar la habilitación portuaria o de la terminal otorgada.

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